Vivienda de alquiler: lo que dice la ley sobre el último pago del mes y la fianza

Una de las preguntas más frecuentes de los inquilinos es si se puede hacer el pago del último mes de alquiler con la fianza: esto dice la ley

Casi el 17% de los hogares que están en España son de alquiler, según el INE (Instituto Nacional de Estadísticas). Un porcentaje que ha aumentado considerablemente en los últimos 12 años. Y es que cada vez son menos las personas que deciden dar el paso de comprar una vivienda y más los que optan por arrendarla. Lo que refleja un cambio importante en la estructura de la propiedad en España. Pero a pesar de ello son muchas las incógnitas acerca de los contratos de alquiler y las relaciones entre casero e inquilino.

Pago del mes y fianza
Vivienda de alquiler: lo que dice la ley sobre el último pago del mes y la fianza Edicionsupc.es

A pesar de que cada vez más personas toman la decisión de alquilar son muchas las trabas e inconvenientes por las que debemos pasar. Una de ellas es la fianza. Es un deber de obligado cumplimiento por parte del inquilino y que se entrega al propietario de la vivienda en la cantidad equivalente a una mensualidad de renta. Tal y como recoge el artículo 36.1 de la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU).

Esto es lo que dice la LAU sobre pagar el último mes de alquiler con la fianza

Con la fianza, el casero tiene la garantía de que la persona que ha alquilado la vivienda cumplirá con las obligaciones contractuales. La ley establece que el inquilino solo debe pagar una mensualidad de depósito. No obstante se puede negociar la cantidad de dos meses en el caso de que se trate de un uso diferente al de vivienda. Llegados a este punto la gran pregunta que nos hacemos como alquilados es si es posible hacer el pago del último mes con la fianza.

Pago del mes y fianza
Vivienda de alquiler: lo que dice la ley sobre el último pago del mes y la fianza Edicionsupc.es

Según la ley, si el arrendatario no cumple con las obligaciones que se pactaron en el contrato el arrendador podrá quedarse con la fianza como una forma de liquidar las deudas. Por ejemplo si se han hecho desperfectos en el inmueble, si no se han pagado todos los suministros o si el piso se ha dejado sin limpiar o en mal estado.

Pues tal y como refleja la LAU, la vivienda debe devolverse en el mismo estado en el que estaba cuando se alquiló. Exceptuando aquellos casos en los que se haya llegado a otro acuerdo con el propietario. De este modo y siguiendo con lo establecido por la ley, la fianza no se puede utilizar para pagar el último mes de alquiler, pues no está pensada para cubrir los pagos de mensualidades sino como un depósito de garantía de las obligaciones que se pactaron en el contrato.

No obstante, si el arrendador llegase a aceptar ese dinero como pago del último mes y así se reflejase por escrito, dejaría de tener derecho a reclamar otra cantidad. De esta forma no tendría cómo cubrir los desperfectos que hubiese en el inmueble. Por último, también debemos tener en cuenta que no suele ser la misma cantidad que el importe del alquiler. Con el paso de los años éste se revaloriza y se ajusta a las subidas establecidas por el IPC (Índice de Precios al Consumidor). Por ese motivo no se debe sustituir nunca la fianza por el pago del último mes de alquiler.

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