El Impacto De La “Uber Economy” En Las Relaciones Laborales: Los Efectos De Las Plataformas Virtuales En El Contrato De Trabajo

Person using the Uber appUber no es solo una empresa. Es una nueva forma de hacer negocios. Como ya vimos en una entrada anterior, las nuevas plataformas virtuales están cambiando la forma en la que se presta servicios . La tecnología está trasformando las organizaciones empresariales de forma que el trabajador subordinado es menos necesario. Un nuevo tipo de empresas -“on demand economy ” “uber economy”- se dedican a conectar al cliente directamente con el prestador de servicios. De esta forma, estas compañías desarrollan su principal actividad a través de trabajadores autónomos.

Los posibles negocios del sector terciario afectados por este nuevo tipo de empresas son casi infinitos. Actualmente, a modo de ejemplo, se puede nombrar; Uber –para transporte de pasajeros-; Sandeman –para guías turísticos-; FlyCleaners -lavandería personal-; Myfixpert -reparación de aparatos electrónicos-; Chefly -cocinero a domicilio-; Helpling -limpieza del hogar-; Sharing Academy -profesores particulares-

En este contexto, el Derecho del trabajo se enfrenta a su mayor desafío, teniendo que regular una realidad muy diferente a la existente en el momento en el que fue creado.

Aquí abajo les dejo un estudio de mi autoría publicado en la revista IUSLABOR donde se analiza, desde un punto de vista jurídico, la adecuación del nuevo tipo de empleados al concepto legal de trabajador. Es decir, ¿los conductores de uber son trabajadores o autónomos?

En el mismo trabajo se intenta propone un modelo regulatorio alternativo desde la perspectiva de la política del derecho.

Aquí pueden encontrar el artículo competo


5 thoughts on “El Impacto De La “Uber Economy” En Las Relaciones Laborales: Los Efectos De Las Plataformas Virtuales En El Contrato De Trabajo

Deja un comentario