Estado colombiano deberá pagar 7.700 millones de pesos por masacre de La Cabuya en Arauca

Los hechos ocurrieron en noviembre de 1998 y según determinó la justicia, en la masacre de siete personas y el posterior desplazamiento de la comunidad estuvieron involucrados uniformados del Ejército Nacional

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Foto de archivo. Panorámica del Palacio de Justicia, en donde funciona el Consejo de Estado,en Bogotá, Colombia, 10 de septiembre, 2019. REUTERS/Luisa González
Foto de archivo. Panorámica del Palacio de Justicia, en donde funciona el Consejo de Estado,en Bogotá, Colombia, 10 de septiembre, 2019. REUTERS/Luisa González

En las últimas horas se conoció que el Consejo de Estado condenó a la nación, al Ministerio de Defensa y al Ejército Nacional a pagar 7.700 millones de pesos al encontrar al Estado colombiano responsable del desplazamiento forzado de los habitantes del caserío La Cabuya, municipio de Tame (Arauca), hace 24 años después de la masacre de siete personas en la que participaron algunos uniformados.

De acuerdo con la sentencia, con el fin de reparar los daños sufridos por las 154 víctimas reconocidas en este proceso –que recibirán del Estado 50 salarios mínimos mensuales vigentes– el dinero deberá ser entregado al Fondo para la Defensa de los Derechos e Intereses Colectivos.

La decisión también contempla que, previa concertación con las víctimas, el Ejército deberá construir un monumento en un sitio de amplia visibilidad del caserío, que contenga la inscripción:

“En memoria, 19 y 20 de noviembre de 1998, para que las generaciones posteriores no sufran las tragedias de otra edad”.

Adicionalmente, si la concertación con las víctimas así lo dispone, la sentencia debe ser difundida durante un año ininterrumpido (contado desde la ejecutoria del fallo), a través de la página web de las entidades condenadas; esta providencia judicial también deberá ser remitida al Centro de Memoria Histórica, para que se convierta en una evidencia más del conflicto armado colombiano.

La decisión de la Sección Tercera del Consejo de Estado obedece a una demanda que, en ejercicio de la acción de grupo, presentaron las familias afectadas, pues consideraban que las actuaciones de la fuerza pública tuvieron consecuencias en la ocurrencia de los hechos y que, por esa razón, debían ser reparadas por el Ejército y el Ministerio de Defensa.

La masacre

Según lo que se relata en la demanda, todo comenzó con la detención que sufrió un miembro de la comunidad a manos de miembros del Batallón de Contraguerrillas No. 25 Héroes de Paya, que lo consideraban sospechoso de recaudar extorsiones para la guerrilla.

Pero, según se pudo determinar, en realidad esta persona, con consentimiento de las autoridades y la comunidad, recaudaba contribuciones voluntarias a los conductores de los vehículos que pasaban por el sector, lo que los militares interpretaron como una acción extorsiva a favor de la insurgencia, y de ahí su detención.

Días después de que el hombre fue dejado en libertad, el 19 de noviembre de 1998 fue asesinado, convirtiéndose en una de las siete víctimas que dejó la masacre perpetrada por integrantes de grupos armados ilegales. Posteriormente, los responsables de estos hechos amenazaron a los habitantes del caserío para persuadirlos de la necesidad de abandonar el lugar, generando así el desplazamiento forzado de las familias demandantes.

Conforme con las declaraciones de los demandantes, la masacre fue perpetrada en forma conjunta por militares y paramilitares y obligó a las víctimas a refugiarse inicialmente en Tame y posteriormente, en diversos lugares del país, ante la imposibilidad de retornar a La Cabuya. Por estas razones, los afectados interpusieron esta demanda, en busca de ser resarcidos económicamente.

El proceso

Es importante mencionar que, en primera instancia el Tribunal Administrativo de Arauca condenó a la nación y ordenó pagarle 50 salarios mínimos mensuales vigentes a cada una de las víctimas, esto tras determinar que miembros del Ejército fueron condenados penal y disciplinariamente por estos hechos, la corporación judicial sostuvo que se comprobó cómo militares participaron en la planeación y ejecución de la masacre y el desplazamiento forzado.

Ahora, en segunda instancia el Consejo de Estado ratificó que la nación, el Ministerio de Defensa y el Ejército Nacional fueron responsable del daño, pues está probada la participación de militares en la ejecución de los hechos generadores de los perjuicios.

La sentencia destaca que la parte demandada no puso en tela de juicio el papel que cumplieron agentes estatales en la comisión de los hechos, pues está probado que varios uniformados colaboraron con integrantes de grupos armados al margen de la ley para perpetrar la masacre y fueron condenados penalmente por ello.

Por esta razón, la alta corte ratificó la mayor parte de la sentencia del Tribunal y estableció que las medidas de reparación que no tienen carácter pecuniario deben ser acordadas previamente con las víctimas. Además, determinó que el incumplimiento de las órdenes impartidas debe dar lugar a que se solicite a la Procuraduría iniciar las averiguaciones y medidas disciplinarias que sean conducentes.

A continuación se puede leer la sentencia completa:

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